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Comisión de Comercio del Mercosur - CCM Está integrada por cuatro miembros titulares y cuatro miembros alternos por Estado parte, y está coordinada por los Ministerios de Relaciones Exteriores. Está previsto que se reúna por lo menos una vez al mes o con el solo pedido del Grupo Mercado Común o de cualquiera de los Estados partes. Sus funciones son:
La Comisión de Comercio se pronunciará a través de Directivas o Propuestas. Las Propuestas serán obligatorias para los Estados Partes. A partir del 1 de enero de
1995, la Comisión de Comercio se ha hecho cargo de
las funciones que desempeñaban los Subgrupos
de Trabajo -SGT. |